Continuamos adelantando un trabajo mancomunado, de la mano de organismos nacionales e
internacionales, en el diseño del protocolo para garantizar que Salvatore Mancuso Gómez pueda desarrollar
en Colombia la labor de gestoría de paz que le fue asignada por el presidente Gustavo Petro.
El mencionado protocolo comprende la provisión de garantías de seguridad física y de seguridad jurídica
para el señor Mancuso, así como un plan de acompañamiento y seguimiento a su proceso por parte de
entidades internacionales imparciales.
En cabeza del Alto Comisionado para la Paz se han adelantado conversaciones con el señor Mancuso y
existe un grupo interdisciplinar de trabajo acompañando su situación y esbozando el plan que, como gestor
de paz, deberá desarrollar en términos de aportes concretos a la comprensión de la verdad del fenómeno
paramilitar, sus efectos culturales y políticos, y el diseño de propuestas para las garantías de no repetición,
exhumaciones, búsqueda de desaparecidos y tierras despojadas. De igual manera, el señor Mancuso tendrá
un papel en las mesas técnicas que abordan asuntos por resolver respecto de la Ley 975 con los
exintegrantes de las AUC.
El Gobierno nacional reitera que no puede, ni ha pretendido en ningún momento, interferir en el desarrollo
de los procesos y las decisiones judiciales, tanto en Estados Unidos como en Colombia.
La figura denominada ‘gestor de paz’ está regulada por la Ley 975 de 2005 y por el Decreto 1175 de 2016,
que provee que los procesos penales que vinculen a personas designadas por el Gobierno nacional como
gestores de paz no serán suspendidos, y estas personas deberán ponerse a disposición de las autoridades
judiciales en todo momento que sean requeridas.
Como bien se conoce, la orden de captura con fines de extradición emitida por la Sala de Justicia y Paz de
Bogotá en contra de Salvatore Mancuso está vigente desde el 11 de agosto de 2020, por lo tanto, la
concreción de su regreso a Colombia hoy depende de las determinaciones que tomen las autoridades
norteamericanas. Igualmente hay asuntos relevantes para este caso que son competencia de los
organismos judiciales colombianos y que deben surtir su trámite. El Derecho de Petición enviado por el
Señor Mancuso será respondido conforme a los términos establecidos por la ley.
La Oficina del Alto Comisionado para la Paz reitera su disposición de colaborar y aportar, en el marco de su
mandato legal, al avance de la verdad y la justicia restaurativa para las víctimas de las violencias,
componentes esenciales de nuestra apuesta de paz integral para Colombia.