Intervenciones Comisionado
Congreso de la República - 2003

DEBATE COMISIÓN SEGUNDA DEL SENADO
INTERVENCIÓN - ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ
Septiembre 9 de 2003

Señores de la mesa directiva, señores senadores...con el mayor gusto asisto a esta invitación que ustedes me hacen a la Comisión Segunda del honorable Senado de la República, donde me solicitan que me refiera al proyecto de ley numero 85 del 2003, por medio del cual se dictan disposiciones en procura de la reincorporación de miembros de grupos armados que contribuyan de manera eficaz a la paz nacional. Igualmente me solicitan explicar sobre los propósitos y el estado actual de las negociaciones con los grupos al margen de la ley, y adicionalmente me solicitan que frente a este proyecto de ley 85-03, aclare la relación de este proyecto mediante las normas de Derecho Internacional Humanitario.

Permítanme por razones de hacer mi exposición más clara, referirme en primer lugar al segundo punto, el propósito y el estado actual de la negociación con los grupos armados al margen de la ley; en segundo lugar, al proyecto de ley número 85 de 2003, y en tercer lugar a la relación de este proyecto con las normas del DIH.

Es bien sabido por ustedes que el Presidente Uribe ha dejado las puertas para explorar una salida negociada con los grupos armados al margen de la ley. Que esta decisión la toma como parte integral de su política de seguridad democrática, porque considera el Presidente que la recuperación de la autoridad y la recuperación de la seguridad de los ciudadanos no riñe en absoluto con la posibilidad de adelantar conversaciones con los grupos armados al margen de la ley, siempre y cuando exista la disposición por parte de estos de reintegrarse plenamente a la vida civil y fortalecer la democracia colombiana; esa es la razón por la cual desde el comienzo de su Gobierno hizo una solicitud expresa a Naciones Unidas para que nos acompañara en una gestión de buenos oficios y propiciara un acercamiento con el grupo de las FARC.

Después de varios meses este grupo armado al margen de la ley ha enviado una carta al Señor Secretario general de Naciones Unidas, buscando un encuentro directo con uno de sus representantes. El Gobierno avala plenamente las labores que viene desarrollando el Señor Asesor especial del Secretario General de Naciones Unidas para adelantar este encuentro, y le ha dado todo el apoyo y le seguirá dando todo el apoyo.

Creemos eso si, que estas labores se deben seguir adelantando con la máxima discreción y la máxima confidencialidad. Creemos que la época de los espectáculos en el campo de la paz pasó, y que ofende profundamente a la conciencia Nacional, el que produzcamos noticia en los medios de comunicación pero no avancemos de manera efectiva en el campo de la paz, en el campo de los hechos. Por tal razón uno de los criterios que se ha venido manejando para este eventual encuentro de Naciones Unidas con el grupo de las FARC, es precisamente que se realice con la mayor seriedad y con la mayor confidencialidad. Es decir, que no se trate simplemente de reuniones protocolarias, sino que se pueda avanzar en temas sustantivos y que igualmente se maneje con confidencialidad, y solamente se le anuncie al país lo pertinente y lo que tiene que ver con el avance en los hechos de paz.

Simultáneamente frente al grupo de las FARC el Gobierno nombró a comienzos de este año una comisión facilitadora, compuesta inicialmente por dos miembros de la iglesia y el ex ministro Angelino Garzón para buscar posibilidades frente al asunto del acuerdo Humanitario. El ex ministro garzón como es de todos conocido renunció a la comisión porque en estos momentos se encuentra comprometido con la actividad política; los dos miembros de la iglesia, Monseñor Luis Augusto Castro y el Padre Darío Echeverri siguen cumpliendo su función.

El Gobierno ha dicho desde el año pasado que está dispuesto a sacar adelante un acuerdo humanitario independientemente del inicio de negociaciones de paz con las FARC, y ha fijado unos criterios muy claros para el acuerdo humanitario; liberación por parte de las FARC de todos los secuestrados, liberación que puede ser progresiva, y compromiso de los miembros de la guerrilla que están en las cárceles y que puedan recibir algún tipo de beneficio judicial, de no volver a delinquir, de no volver al grupo armado y de quedar bajo la tutela de un país amigo. Estas condiciones las considera el Gobierno mínimas y razonables y han sido ampliamente aceptadas por la opinión pública.

El día de ayer después de reunión con un grupo de familiares, el señor Presidente de la República ratificó en un comunicado su disposición a adelantar el acuerdo humanitario; y dentro del procedimiento gradual que se ha establecido para el acuerdo humanitario, su disposición a buscar mecanismos para que los secuestrados que estén en grave estado de salud, que están enfermos puedan ser liberados de manera prioritaria. Allí existe un mensaje entonces muy claro por parte del Presidente en cuanto a la disposición de avanzar en este acuerdo y la forma de hacerlo.

Con el grupo del ELN se tuvieron conversaciones el año pasado en Cuba. Este grupo suspendió de manera unilateral las conversaciones que adelantábamos; el gobierno hizo entonces una propuesta que sigue vigente, estamos dispuestos a sacar adelante en conjunto con este grupo, su propuesta de convención nacional, siempre y cuando esté acompañada por un cese de hostilidades. Estamos igualmente dispuestos a analizar con este grupo algunos lugares de asentamiento o ubicación para sus hombres mientras dure este cese de hostilidades; consideramos perfectamente posible y viable un acuerdo con el ELN.

En las últimas semanas por informaciones públicas nos hemos dados cuenta de la alianza creciente que en el terreno político se da entre las FARC y el ELN; quisiéramos que esa alianza no bloqueara las posibilidades de negociación, y por eso queremos ser muy claros en que se mantiene abierta la puerta del diálogo con este grupo armado. Las dificultades que tenemos para avanzar con estos dos grupos tienen que ver sobre todo con la percepción que estos grupos tienen frente al Gobierno Nacional; ellos insisten en que no ven una puerta abierta al diálogo y a la paz, y nosotros queremos reafirmar por parte del gobierno para avanzar en ese camino, entonces esperamos que esa percepción se modifique y que realmente podamos avanzar de manera efectiva el las conversaciones con estos grupos.

Simultáneamente y desde finales del año pasado, iniciamos un contacto con los grupos de autodefensa, en esta aproximación nos acompañó la iglesia, y estos grupos demostraron la disposición de avanzar en una negociación eficaz y útil con el gobierno del Presidente Uribe.

El Presidente había dicho en la campaña que estaba dispuesto a adelantar conversaciones con cualquiera de los grupos armados al margen de la ley, siempre y cuando se diera un cese de hostilidades, esbozó entonces lo que ha sido una frase clave para movernos en este campo de la salida negociada y es "urgencia para el cese de hostilidades, paciencia para la desmovilización y el desarme", urgencia para que estos grupos al margen de la ley dejen de matar, paciencia para que tengan la confianza suficiente para que decidan desmovilizarse y desarmarse. Respondiendo a esta premisa las autodefensas declararon un cese unilateral de hostilidades, e iniciamos a través de la comisión exploratoria nombrada por el señor Presidente de la República a fines del año pasado conversaciones formales con ellos en enero de este año.

Las autodefensas se presentaron a su conversación con el Gobierno (inaudible). Hemos estado adelantando conversaciones por un lado con las AUC, las Autodefensas Unidas de Colombia; por otro lado con al Bloque central Bolívar; por otro lado con las autodefensas de Casanare, Meta y Vichada; y simultáneamente con las autodefensas del Magdalena Medio. No ha sido fácil por supuesto adelantar esas conversaciones simultáneas con todos estos grupos, sin embargo de manera insistente les hemos señalado que el interés del Gobierno es la desmovilización total de los grupos de autodefensa, y terminar la presente administración sin que existan en Colombia grupos de autodefensa.

A mediados de julio de este año logramos que las AUC se comprometieran públicamente con un proceso de desmovilización que debe culminar máximo el 31 de diciembre del 2005. Igualmente, con los otros grupos hemos venido adelantando conversaciones, existe ya una disposición del Bloque Central Bolívar también, de desmovilizar la totalidad de sus miembros antes de finalizar este Gobierno, y tenemos conversaciones adelantadas en igual sentido con las autodefensas de Casanare, Meta y Vichada. Quedan por fuera de este proceso de acercamiento dos grupos, el grupo de las autodefensas del Elmer Cárdenas y el Bloque Metro. Frente a estos grupos hemos tendido también un puente de comunicación, y estamos dispuestos a conversar con ellos para lograr este propósito.

En este momento en qué estamos con las autodefensas?...estamos básicamente en la discusión sobre un cronograma para las concentraciones, y para fijar las fechas de las primeras desmovilizaciones. Por supuesto, esto no es un asunto fácil, esperamos poder presentárselo al país antes de terminar este año, de tal manera que quede claro el compromiso y el cronograma; que quede claro dónde se van a concentrar los miembros de las autodefensas, cuanto tiempo van a durar esas concentraciones, y finalmente cuándo se van a desmovilizar.

Para poder sacar adelante, y con éxito este proceso con las autodefensas necesitamos el acompañamiento de la Comunidad Internacional. Primero, para que nos ayude en la verificación, y quede claro que estos grupos se desmovilizan de manera plena; segundo, para acompañar a las comunidades, porque es lamentables reconocerlo pero las comunidades han convivido durante mucho tiempo con actores armados ilegales, y también deben ser reinsertadas al Estado...es decir debe haber un trabajo pedagógico y social para que estas comunidades aprendan a cooperar con las autoridades legítimas, y no caigan nuevamente en la tentación de querer obtener la seguridad comunitaria pero por vías ilegales; y en tercer lugar en el proceso de desmovilización, desarme y reinserción de los combatientes, que tienen que pasar de su condición de combatientes a personas plenamente integradas a la vida civil y a la vida productiva.

Hemos estado conversando con Naciones Unidas, hemos estado conversando con las troicas de la Nación Europea y del grupo de Río, hemos estado conversando con los diferentes embajadores acreditados en el país, diciéndoles que el interés de este Gobierno es que nos acompañen integralmente en nuestros esfuerzos por la paz, así como nos han acompañado en las declaraciones del grupo de Río, en la declaración de Santiago de la OEA, en la declaración de Londres...Creemos que es necesario que nos sigan acompañando en estos esfuerzos, y por supuesto, un primer paso en la consecución de la paz nacional es la desmovilización de estos grupos de autodefensas, porque esto nos va a allanar el camino finalmente para poder avanzar de manera efectiva con los otros grupos.

Quiero en segundo lugar, y después de este informe general de el panorama de las negociaciones, referirme al proyecto de ley número 85 de 2003. Este proyecto de ley hace parte de los instrumentos jurídicos que el Gobierno ha considerado necesarios para poder adelantar procesos de negociación exitosos. Un primer instrumento es la ley 782 que prorrogó y modificó la 418, que estuvo a consideración del honorable Congreso de la República el año pasado, la consideramos pertinente, y por eso desde el primer momento de la administración solicitamos que se prorrogara y que se modificara básicamente en cuanto a que no fuese necesario conceder el estatus político a los grupos con los cuales se entraba en negociación, allí consideramos que era necesario pasar a un criterio más objetivo, como el que establece el artículo primero del protocolo dos, que es simplemente definir a estos grupos como grupos organizados al margen de la ley, reconociendo que existen por supuesto grupos que participan en las hostilidades dentro del conflicto interno, pero sin entrar a hacer ningún tipo de valoración. Igualmente después se expidió el decreto 128, que al amparo de la 782 facilita el proceso de reinserción, y sobre todo de reinserción individual, que en la antigua ley 418 y el decreto reglamentario no quedaba absolutamente claro, ya que estaba pensado solamente para desmovilizaciones colectivas.

Con estos instrumentos se ha iniciado una nueva fase del programa de reinserción. Durante este año ustedes han conocido de que manera ha sido exitoso este programa, y cómo ya pasamos de los 2000 miembros de grupos armados que se han desmovilizado tanto al amparo de esta ley cómo del decreto que la reglamenta.

El propósito global y general del Gobierno es propiciar la desmovilización tanto individual como colectiva. Creemos que un proceso de negociación tiene que terminar en la desmovilización colectiva, tarde o temprano para que realmente pueda ser exitoso. Esa es la razón por la cual también se ha presentado el proyecto de ley número 85 del 2003, por medio del cual se dictan disposiciones adicionales para facilitar la reinserción de miembros de grupos armados que contribuyan de manera eficaz a la paz nacional.

Este proyecto hay que entenderlo desde el impulso que le da el Gobierno a la desmovilización. Es indudable que existe un escollo jurídico para miembros de grupos armados al margen de la ley que quieran desmovilizarse, y que estén sindicados o procesados o condenados por delitos graves...por delitos que no pueden ser indultados o amnistiados dentro de la actual legislación vigente. Allí estamos en un círculo vicioso, porque casi la única alternativa que tenemos para ofrecerle a estas personas si se desmovilizan es que se sometan a la justicia y paguen la pena de cárcel, y por supuesto teniendo como alternativas esta posibilidad, entonces, estas personas que están con las armas en la mano se niegan a avanzar en un proceso eficaz de desmovilización, y más bien se afianzan en su acción delictiva por fuera de la ley.

Esta es una paradoja que tiene que resolver por supuesto no solamente el Gobierno desde la perspectiva de la paz, sino también desde la perspectiva de la justicia. Creemos que es necesario tener instrumentos eficaces para la negociación pero también es necesario tener instrumentos que motiven a los miembros de los grupos armados a desmovilizarse de manera efectiva y a contribuir con sus esfuerzos a la contribución de la paz nacional.

Es por eso que se ha pensado este proyecto de ley que va mucho más allá que lo que tradicionalmente se ha considerado el indulto o la amnistía; o lo que tradicionalmente se consideró en otros países como el perdón y el olvido. En todos estos casos se pasa por encima de la investigación de los hechos, se concede un beneficio judicial a las personas que tienen que responder ante la ley, y también se ha pasado con frecuencia por encima de los intereses de las víctimas.

Nosotros de acuerdo a las más altas exigencias internacionales, hemos querido colocarnos dentro de los ejes de verdad, justicia y reparación; y diseñar un proyecto que pueda servir a los propósitos de la paz, cumpliendo adecuadamente con estos estándares internacionales. Por eso, todo lo que tiene que ver con el proceso judicial se mantiene intacto y se refuerza; es decir, cualquiera que pudiera ser beneficiario de los beneficios que se consignan en este proyecto tiene que pasar previamente por un proceso judicial y tiene que haber una sentencia; es decir, tiene que haber juicio, tiene que haber una sentencia ejecutoriada, y solamente se concedería el beneficio cuando exista la sentencia ejecutoriada. Se cumpliría así en gran parte con los criterios de la verdad y de la justicia en cuanto hay condena.

En lo que tiene que ver con la pena privativa de la libertad habría una modificación. Consideramos que si esa persona contribuye de manera eficaz a la consecución de la paz nacional; por ejemplo, ayudando a la desmovilización efectiva de grupos armados; por ejemplo, ayudando con su información a que se consoliden estos procesos de desmovilización, y si esta persona repara adecuadamente a las víctimas, comprometiéndose además a cumplir una pena alternativa, podemos encontrar dentro del sistema de alternatividad penal una modalidad diferente a la pena privativa de la libertad en prisión, manteniendo de todas maneras el sano criterio de la proporcionalidad. Proporcionalidad que en este momento no estaría pensada en términos de pena de cárcel, sino que proporcionalidad estaría pensada en términos de la contribución eficaz que esta persona haga a la consecución de la paz nacional que sería un criterio importante y adicionalmente a la reparación integral, plena de las víctimas y al cumplimiento de una pena alternativa.

El otro eje de los estándares internacionales que es el de la reparación se integra plenamente dentro del proyecto, de hecho, el proyecto es audaz en ese sentido y plantea de manera muy clara que debemos avanzar en la justicia restaurativa tal como no solamente lo señala nuestra constitución, sino que lo señalan también las tendencias internacionales del momento, y que se debe ir más allá de lo que simplemente se consigna en la actualidad, y es que las víctimas puedan constituirse en parte civil dentro del proceso...no, las personas que sean beneficiarias de esta suspensión condicional de la pena tendrán que comprometerse mediante un acta especial a cumplir estas sanciones de reparación a las víctimas.

Inicialmente la suspensión condicional de la pena se otorgará por un tiempo de cinco años. Durante este tiempo inicial, tanto el juez como una comisión de verificación constituida para tal efecto, estarán vigilando la conducta del beneficiado, quien tendrá por supuesto que reportarse de manera periódica ante el juez, y producirán un informe...básicamente la comisión de verificación hacia el juez para que éste considere si se mantiene el beneficio o no.

Para que se mantenga el beneficio la persona tiene que hacer completa dejación de las armas, no puede incurrir en ningún tipo de delito doloso y tiene que cumplir por supuesto con la pena alternativa de prisión, contribuir eficazmente a la consecución de la paz nacional y ayudar a la reparación de las víctimas. Si por alguna razón se violan estos requisitos, el juez puede entonces echar para atrás el beneficio, y la persona tendrá que entrar a cumplir plenamente su condena.

Pasado este periodo inicial, si se dan todas las condiciones se puede entonces por un periodo similar adicional y de manera automática conceder nuevamente el beneficio, o el juez estaría en condiciones de otorgar el beneficio de manera permanente si así lo considera adecuado.

Para otorgar el beneficio existen dos restricciones. Una, que la persona pertenezca a grupo armado organizado al margen de la ley; en esto se es muy taxativo y se es muy claro, es decir, la persona tiene que pertenecer a un grupo que ha participado en las hostilidades, que en términos de la jurisprudencia internacional y de lo que nos indica el protocolo dos, básicamente serían grupos guerrilleros o grupos de autodefensa; en ningún caso está pensado para que se aplique a delincuencia común, habría sólo una excepción...dijéramos...en caso de que...excúsenme...la condición además implica que el grupo armado organizado al margen de la ley haya declarado un cese de hostilidades, y habría sólo una excepción, en caso de que la desmovilización sea individual, entonces podría también concederse este beneficio.

Por otro lado, este beneficio...este suspensión condicional de la pena sólo la puede solicitar el Presidente de la República. Creemos que debe quedar en cabeza del Presidente de la República, porque él como director máximo de la política de paz, como responsable de la política de orden público y de seguridad nacional, es quien está en mejores condiciones para establecer si en un momento dado un miembro de un grupo armado organizado al margen de la ley debe recibir este beneficio o no debe recibirlo. Esta solicitud la hace el Presidente al juez, quien actuará de plano simplemente estableciendo que se cumplan las condiciones formales.

Nosotros consideramos que este puede ser un instrumento eficaz, y que de hecho es un instrumento que va más allá de lo que ha sido tradición en Colombia, que es conceder la amnistía o conceder el indulto. En estos días en un programa radial el Presidente decía, si uno mira hacia atrás y se encuentra que han sido concedidos indultos y amnistías, y que se han concedido beneficios judiciales a miembros de grupos armados que han cometido delitos graves, tiene que llegar a la siguiente conclusión; en esos casos, o se violó la ley o simple y llanamente quienes concedieron el beneficio se hicieron los de la vista gorda.

Nosotros no queremos repetir esa experiencia. Queremos que en estos casos exista de manera plena investigación y que se imparta justicia, y que simplemente haya una modificación en lo que tiene que ver con la pena de prisión. En esa medida nosotros tendríamos un instrumento adecuado para motivar la desmovilización, para poder avanzar en procesos de negociación y simultáneamente estaríamos cumpliendo con los requisitos de la justicia.

Frente a esta ley yo quiero hacer una declaración adicional. Este proyecto ha sido pensado como un instrumento universal que nos sirve para todos los procesos de negociación, y para todos los procesos de desmovilización, bien sea con grupos guerrilleros, o bien sea con grupos de autodefensa. De hecho y frente a ciertas suspicacias que han surgido me toca aclarar que en ningún momento este proyecto de ley o este tema ha sido motivo de la mesa de negociación con las autodefensas. El Gobierno ha considerado que de manera autónoma debe ser la democracia la que fije hacia las personas que están por fuera de la ley, los caminos que puede ofrecer para la reconciliación.

Por eso es que se ha abierto el debate; por eso lo que ha sido una intuición del Presidente desde el comienzo de su Gobierno materializada posteriormente en el proyecto de ley, lo hemos presentado la Congreso para que se abra un amplio debate nacional. La ley hemos considerado, debe tramitarse como una ley estatutaria, lo cual implica que haya una mayoría calificada en el Congreso para su aprobación; lo cual implica que se invite de manera amplia a los diferentes miembros de la sociedad para su discusión, y lo cual implica que finalmente si es aprobada por el Congreso, esta ley deba pasar por un control de la Corte Constitucional; es decir, al final los tres poderes del Estado, el Ejecutivo que presenta el proyecto y lo sanciona, el legislativo que lo discute y lo aprueba o no lo aprueba, y la Corte Constitucional que tiene que pronunciarse sobre su exequibilidad; habrán concurrido para producir el mejor instrumento que en manos del Gobierno pueda servir para avanzar en este propósito de la reconciliación.

Finalmente quiero referirme a las normas del Derecho Internacional Humanitario y a la forma como este proyecto de ley se relaciona con estas normas. Las obligaciones que tiene el estado de acuerdo con los convenios de Ginebra y los protocolos adicionales son básicamente las de difundir el Derecho Internacional Humanitario, las de tipificar dentro del ordenamiento jurídico las conductas constitutivas de crímenes de guerra, y las de procesar o juzgar a personas acusadas de graves infracciones a las normas humanitarias.

Creemos que estos tres puntos se cumplen en lo que tiene que ver con el proyecto. En cuanto a la difusión, pues es una política que abiertamente está llevando adelante el Gobierno y sobre todo dentro de las Fuerzas Militares y hacia la población se está haciendo un esfuerzo grande, y específicamente el proyecto no toca este punto.

En cuanto a la tipificación, tampoco el proyecto modifica lo que se ha avanzado al respecto, que es bastante...ustedes saben que en Colombia hemos avanzado bastante en la incorporación de estos tipos penales, dentro del Código Penal; lo cual ha afianzado muchísimo la justicia nacional, y en cuanto al procesamiento o juzgamiento de las personas acusadas de graves infracciones a la normativa humanitaria, en la cual por supuesto están los miembros de grupos armados al margen de la ley...lo que pretende el proyecto es precisamente que haya un proceso, que haya una justicia, que haya una sanción, y simplemente vuelvo e insisto, habría una modificación en lo que tiene que ver con la pena privativa de la libertad, teniendo en cuenta otros criterios como el bien máximo de la paz, como la necesidad de reparar integralmente a la víctima o plantear unas sanciones alternativas, con lo cual consideramos se respeta también el criterio de la proporcionalidad.

De acuerdo a principios y directrices básicos del Derecho Internacional Humanitario sobre lo que tiene que ver...(cambio de lado casete)...en segundo, investigar estas violaciones, y cuando proceda pues tomar medidas contra dichas violaciones; tercero, dar a las víctimas acceso imparcial y efectivo a la justicia, con independencia de quien sea en definitiva el responsable de la violación, y en cuarto lugar, facilitar recursos apropiados a disposición de las víctimas. Creemos que estos puntos también se cumplen, de hecho un eje central del proyecto es el de pensar en las víctimas...incluso creemos que el proyecto mismo al ayudarnos a conseguir el propósito de la paz, de alguna manera actúa como un instrumento que previene...al ayudar a desarticular estos grupos armados; previene futuras violaciones, en cuanto a investigar las violaciones de las infracciones al DIH, y colocar una sanción...creemos que también el proyecto se mantiene dentro de estos criterios, y en cuanto a permitir a las víctimas un acceso imparcial a la justicia es bueno dejar claro... es decir, que las normas ordinarias permanecen intactas; es decir, las que permiten a las víctimas el acceso a la justicia penal, bien sea para denunciar casos de violaciones a sus derechos fundamentales, así como las acciones civiles que pueden emprender las víctimas para demandar la indemnización por perjuicios.

Los mecanismos de reparación que establece el proyecto en ningún momento excluyen que las víctimas puedan constituirse en parte civil dentro del proceso. Aún más, creemos que tal como está pensado el proyecto favorece que las víctimas puedan constituirse en parte civil, ya que el proyecto incentiva a la condena; como es necesario que haya condena para poderse conceder el beneficio, entonces esto también allana el camino para que las víctimas puedan emprender acciones orientadas a la adecuada indemnización.

En general nosotros creemos que no se viola la normativa internacional en este campo; hemos sido muy cuidadosos en la elaboración del proyecto, creemos que se cumplen todos los requisitos internacionales, y que tal como está planteado el proyecto es un instrumento audaz que hace compatible los esfuerzos de paz con las exigencias internacionales de justicia.

Sin embargo honorables senadores, son ustedes, como representantes del pueblo, y quienes tienen ahora entre sus manos el proyecto de ley, quienes finalmente después de estudiarlo y enriquecerlo y modificarlo, si así fuere necesario...terminarán también asegurando que este proyecto sea perfectamente compatible con la normativa internacional. Muy amables, muchas gracias.