COMISIÓN PARA EL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD, LA CONVIVENCIA Y LA NO REPETICIÓN.
AVANCE EN EL PUNTO DE "VÍCTIMAS"
¿Qué es una Comisión de la Verdad?
Es un órgano temporal, de carácter extra-judicial, que se ha creado históricamente en procesos de transición (de dictaduras a la democracia y de conflictos armados a la paz) para esclarecer patrones de violencia. No es un mecanismo para administrar justicia sino para contribuir a la verdad y reconocer los derechos de las víctimas.
SISTEMA INTEGRAL
La Comisión hará parte de un sistema integral de verdad, justicia, reparación y no repetición.
La Comisión no reemplaza la justicia.
La Mesa continúa trabajando en la búsqueda de acuerdos sobre otros mecanismos para garantizar los derechos de las víctimas, la justicia, la reparación y la no repetición.
La relación entre los distintos mecanismos se abordará una vez hayamos llegado a acuerdos sobre todos los componentes del sistema integral.
OBJETIVOS DE LA COMISIÓN
En primer lugar, la Comisión deberá contribuir al esclarecimiento de lo ocurrido, de acuerdo con los elementos del mandato que se describen más adelante, y ofrecer una explicación amplia de la complejidad del conflicto, de tal forma que se promueva un entendimiento compartido en la sociedad, en especial de los aspectos menos conocidos del conflicto. En este sentido saludamos la visita y el pronunciamiento efectuado durante este ciclo, por Zainab Bangura, Representante Especial del Secretario General de las Naciones Unidas para la Violencia Sexual en Conflictos, y nos comprometemos a atender sus recomendaciones.
En segundo lugar, la Comisión deberá promover y contribuir al reconocimiento. Eso significa el reconocimiento de las víctimas como ciudadanos que vieron sus derechos vulnerados; el reconocimiento voluntario de responsabilidades individuales y colectivas por parte de todos quienes de manera directa o indirecta participaron en el conflicto como una contribución a la verdad, a la justicia, a la reparación y a la no repetición; y en general el reconocimiento por parte de toda la sociedad de ese legado de violaciones e infracciones como algo que merece el rechazo de todos y que no se debe ni se puede repetir.
Y en tercer lugar, la Comisión deberá promover la convivencia en los territorios. Para ello promoverá un ambiente de diálogo y creará espacios en los que las víctimas se vean dignificadas, se hagan reconocimientos individuales y colectivos de responsabilidad, y en general se consoliden el respeto y la confianza ciudadana en el otro, la cooperación y la solidaridad, la justicia social, la equidad de género, y una cultura democrática que cultive la tolerancia, y nos libre de la indiferencia frente a los problemas de los demás. Así se sentarán las bases de la no repetición, la reconciliación y la construcción de una paz estable y duradera. Por esas razones es necesario entender la construcción de la verdad también como una parte esencial de la construcción de la paz.
MANDATO
La Comisión tendrá como mandato esclarecer y promover el reconocimiento de:
Las prácticas y hechos que constituyen graves violaciones a los derechos humanos y graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH) que tuvieron lugar con ocasión del conflicto.
Las responsabilidades colectivas por estas prácticas y hechos.
El contexto histórico, los orígenes y múltiples causas del conflicto armado.
El impacto humano y social del conflicto en la sociedad y en las diferentes poblaciones.
Los factores y condiciones que
facilitaron o contribuyeron a la
persistencia del conflicto.
CRITERIOS ORIENTADORES
CENTRALIDAD DE LAS VÍCTIMAS
Los esfuerzos de la Comisión estarán centrados en garantizar la participación de las víctimas del conflicto, asegurar su dignificación y contribuir a la satisfacción de su derecho a la verdad en particular, y en general de sus derechos a la justicia, la reparación integral y las garantías de no repetición, siempre teniendo en cuenta el pluralismo y la equidad. Todo lo anterior debe contribuir además a la transformación de sus condiciones de vida.
IMPARCIALIDAD E INDEPENDENCIA
La Comisión será un mecanismo imparcial e independiente con plena autonomía para el desarrollo de su mandato y el cumplimiento de sus funciones
CARÁCTER TRANSITORIO
La Comisión será excepcional y funcionará durante un tiempo limitado de tal forma que sus conclusiones y recomendaciones puedan contribuir de manera efectiva a la construcción de una paz estable y duradera.
PARTICIPACIÓN
La Comisión pondrá en marcha un proceso de participación amplia, pluralista y equilibrada en el que se oirán las diferentes voces y visiones, en primer lugar de las víctimas del conflicto que lo hayan sido por cualquier circunstancia relacionada con este, tanto individuales como colectivas, y también de quienes participaron de manera directa e indirecta en el mismo, así como de otros actores relevantes.
ENFOQUE TERRITORIAL
La Comisión será una entidad de nivel nacional pero tendrá un enfoque territorial con el fin de lograr una mejor comprensión de las dinámicas regionales del conflicto y de la diversidad y particularidades de los territorios afectados, y con el fin de promover el proceso de construcción de verdad y contribuir a las garantías de no repetición en los diferentes territorios. El enfoque territorial tendrá en cuenta también a las personas y poblaciones que fueron desplazadas forzosamente de sus territorios.
ENFOQUE DIFERENCIAL Y DE GÉNERO
En el desarrollo de su mandato y de sus funciones, la Comisión tendrá en cuenta las distintas experiencias, impacto diferencial y condiciones particulares de las personas en razón del sexo, género, edad, etnia, o situación de discapacidad, y de las poblaciones o sectores en condiciones de vulnerabilidad o especialmente afectados por el conflicto, entre otras. Habrá especial atención a la victimización sufrida por las mujeres.
COORDINACIÓN CON OTROS MEDIOS DE CONSTRUCCIÓN DE PAZ
La Comisión se coordinará con los mecanismos que se pongan en marcha para la implementación del Acuerdo Final. En particular, se coordinará, donde haya lugar, con los planes y programas de construcción de paz que se pongan en marcha en los territorios, como consecuencia de la implementación del Acuerdo Final.
REGLAS DE PROCEDIMIENTO
La Comisión establecerá previamente procedimientos que aseguren a quienes participan en ella las debidas garantías, y un trato justo, digno y no discriminatorio.
GARANTÍAS PARA LOS COMISIONADOS Y LAS COMISIONADAS
Respecto de su trabajo en la Comisión, los/as comisionados/as no estarán obligados/as a declarar en procesos judiciales, estarán exentos/as del deber de denuncia, y sus opiniones y conclusiones no podrán ser cuestionadas judicialmente.
CONDICIONES DE SEGURIDAD
La Comisión valorará las condiciones de seguridad necesarias para el desarrollo de sus actividades y coordinará, con las autoridades del Estado, la puesta en marcha de las medidas de seguridad necesarias tanto para los/as comisionados/as como para quienes participen en las actividades de la Comisión.
CONVIVENCIA Y RECONCILIACIÓN
Para contribuir al objetivo de la no repetición y la reconciliación, las actividades de la Comisión, en desarrollo de su mandato, estarán orientadas a promover la convivencia entre los colombianos, en especial en los territorios más afectados por el conflicto y la violencia. Para ello, la Comisión velará porque los espacios o audiencias que establezca sirvan para fortalecer el respeto y la tolerancia, la confianza ciudadana en el otro y en las normas que garantizan la vigencia y el respeto de los derechos humanos. De esta forma la Comisión ayudará también a sentar bases sólidas para la construcción de la paz
METODOLOGÍA
La Comisión tomará todas las medidas necesarias para garantizar la mayor objetividad e imparcialidad posible para el desarrollo de sus actividades, para lo cual adoptará procedimientos para contrastar y verificar la calidad de la información que recolecte, incluyendo su confiabilidad, y para identificar la información falsa que pudiera haber sido suministrada de mala fe a la Comisión. La Comisión hará pública su metodología.
MECANISMO EXTRA-JUDICIAL
La Comisión será un mecanismo extra-judicial. En este sentido, sus actividades no tendrán carácter judicial, ni podrán implicar la imputación penal de quienes comparezcan ante ella. La información que reciba o produzca la Comisión no podrá ser trasladada por esta a autoridades judiciales para ser utilizada con el fin de atribuir responsabilidades en procesos judiciales o para tener valor probatorio; ni las autoridades judiciales podrán requerírsela.
FUNCIONES
Investigar sobre todos los elementos del mandato.
Implementar una estrategia de difusión, pedagogía y relacionamiento activo.
Crear espacios en los ámbitos nacional, regional y territorial, en especial audiencias públicas, con el fin de escuchar las diferentes voces y de promover la participación de los diferentes sectores de la sociedad, incluyendo de quienes hayan participado de manera directa o indirecta en el conflicto.
Asegurar la transversalidad del enfoque de género en todo el ámbito de trabajo de la Comisión.
Elaborar un informe final.
Rendir cuentas de manera periódica sobre las actividades y gestiones desarrolladas para el cumplimiento de sus funciones.
ESCOGENCIA DE LOS COMISIONADOS
La Comisión estará conformada por 11 comisionados/as que incluye un/a presidente/a.
Todos los sectores de la sociedad podrán postular candidatos para ser comisionados, en un proceso que será amplio y pluralista. Un comité de escogencia seleccionará a los 10 comisionados bajo los criterios de idoneidad ética, imparcialidad, independencia, compromiso con los Derechos Humanos, la justicia, la ausencia de conflictos de interés, el conocimiento del conflicto armado, del Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos, y reconocida trayectoria en uno de estos campos.
El Comisionado número 11 será el Presidente de la Comisión, quien será un colombiano, elegido de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP por el mecanismo que se acuerde.
Para su escogencia se pondrá en marcha un procedimiento de postulación y selección que ofrezca garantías de legitimidad, imparcialidad e independencia a toda la sociedad colombiana y en particular a las víctimas. El proceso de postulación de candidatos será amplio y pluralista, asegurando que todos los sectores de la sociedad, incluyendo las organizaciones de víctimas, entre otros, puedan postular candidatos.
* Los/as comisionados/as serán elegidos por un comité de escogencia. Este comité estará compuesto por 9 integrantes. El Gobierno y las FARC-EP, de común acuerdo, seleccionarán a través del mecanismo que acordemos 6 de los/as integrantes del comité de escogencia. Los/as 3 integrantes restantes serán los/as delegados/as de 3 personas u organizaciones que acordemos en la Mesa. Todos los integrantes del comité de escogencia deberán inspirar confianza en la ciudadanía.
* El comité de escogencia podrá seleccionar comisionados/as extranjeros/as pero estos en todo caso no podrán ser más de 3.
* El comité de escogencia tendrá hasta 3 meses para la selección de los/as comisionados/as, contados a partir del cierre de la fase de postulaciones.
* La selección de los/as comisionados/as deberá adoptarse por mayoría de 2/3 de los integrantes del comité de escogencia.
La selección se basará exclusivamente en las postulaciones y la elección tendrá en cuenta criterios de selección individuales como la idoneidad ética, la imparcialidad, la independencia, el compromiso con los derechos humanos y la justicia, la ausencia de conflictos de interés, y el conocimiento del conflicto armado, del Derecho Internacional Humanitario y de los derechos humanos, y la reconocida trayectoria en alguno de estos campos. La selección de los/as comisionados/as también deberá tener en cuenta criterios colectivos como la equidad de género, el pluralismo, la interdisciplinariedad y la representación regional.
El/la presidente de la Comisión deberá ser colombiano/a y será elegido/a de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las FARC-EP por el mecanismo que acordemos. El/la presidente de la Comisión será su principal vocero público, coordinará la labor de los/as comisionados/as, facilitará el buen funcionamiento interno, y dirigirá las tareas de esta, preferiblemente buscando el consenso en el proceso interno de toma de decisiones. El papel del/de la presidente de la Comisión es importante porque constituye al mismo tiempo un referente nacional e internacional.
I. POSTULACIÓN AMPLIA Y PLURALISTA
(Asegurando que todos los sector es de la sociedad puedan postular candidatos)
II. COMITÉ DE ESCOGENCIA
(Elige comisionados)
III. COMISIÓN PARA EL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD LA CONVIVENCIA Y LA NO REPETICIÓN
IV. El presidente de la Comisión deberá ser colombiano y será elegido de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las Farc-EP.
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PERÍODO OBJETO DE ESTUDIO
(Ámbito temporal)
Para abordar los distintos elementos de su mandato la Comisión tendrá como ámbito temporal el período del conflicto. Como ello supone un marco temporal extenso, será necesario que la Comisión establezca dentro de éste prioridades de su investigación. No obstante, para efectos de cumplir con el propósito de esclarecer plenamente los orígenes y múltiples causas del conflicto la Comisión podrá explorar eventos históricos anteriores a éste, teniendo en cuenta como insumo básico, entre otros, los informes de la Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas.
DURACIÓN
La Comisión tendrá una duración de tres años, con un periodo anterior de preparación de seis meses.
COMITÉ DE SEGUIMIENTO
Se creará un comité de seguimiento y monitoreo a la implementación de las recomendaciones de la Comisión que entrará en funcionamiento una vez se haya publicado el informe final. Para el cumplimiento de su tarea se facilitará la interlocución con diferentes entidades y organizaciones de víctimas y de derechos humanos, entre otras. Este comité estará integrado por representantes de distintos sectores de la sociedad, incluyendo organizaciones de víctimas y de derechos humanos, entre otras. La Comisión establecerá el tiempo durante el cual funcionará el comité. El comité rendirá informes periódicos de seguimiento a las recomendaciones. Estos informes deberán contar con un enfoque territorial, diferencial y de género. El comité tomará las medidas necesarias para difundir sus informes ampliamente en los medios de comunicación de ámbito nacional y regional. El Gobierno garantizará la financiación del comité para el cumplimiento de sus funciones.
Dado a conocer en La Habana, Cuba, el 4 de junio de 2015.
Con información del comunicado conjunto #53
AVANCES DE LA DISCUSION DEL PUNTO 5: COMISIÓN PARA EL ESCLARECIMIENTO DE LA VERDAD, LA CONVIVENCIA Y LA NO REPETICIÓN
“El fin del conflicto constituye una oportunidad única para satisfacer uno de los mayores deseos de la sociedad colombiana y de las víctimas en particular: que se esclarezca y conozca la verdad sobre lo ocurrido en el conflicto”,para “el Gobierno Nacional y las FARC-EP hemos alcanzado un acuerdo para que se ponga en marcha, una vez firmado el Acuerdo Final, la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No repetición”… “El Gobierno Nacional y las FARC-EP se comprometen a contribuir decididamente en el proceso de esclarecimiento de la verdad y reconocer sus respectivas responsabilidades ante la Comisión”.
OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LA PAZ
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